Tanto si eres conductor frecuente de zona azul en la ciudad de Barcelona, o si vas a desplazarte hasta ella, esta información ,estamos seguros, te será útil. En esta sección puedes ver toda la información sobre multas de la zona de aparcamiento regulado de Barcelona.
Revisamos constantemente la información sobre multas de Barcelona, para poder acercartelos. Pensamos que aquí vas a poder resolver todas tus dudas sobre ellos.
Multa zona azul Barcelona
En el caso de cometer una infracción en una zona azul o bien en el área verde por exceder el límite horario, existe la posibilidad de cancelación de la multa realizando el pago de siete euros en la máquina de validación de los tickets, toda vez que el tiempo sobrepasado no supere el cincuenta por ciento del tiempo pagado.
No se va a poder cancelar, en cambio, en los casos de multas por carencia de comprobante horario.
Cancelación multas zona azul Barcelona
Para cancelar una demanda, hay que conseguir el comprobante singular que expide el parquímetro. El importe de este comprobante singular es de siete euros para todos y cada uno de los automóviles.
Los conductores no residentes que hayan estacionado el vehículo en una de estas zonas reguladas y que hayan sido denunciados por superar el límite horario, van a poder cancelar la demanda siempre que el tiempo sobrepasado no supere la mitad del tiempo por el que han pagado.
Los conductores residentes que, habiendo estacionado el vehículo en plazas exclusivas y no exclusivas para residentes, en su zona de vivienda, hayan estado denunciados por carencia de comprobante horario, van a poder enervar los efectos de la demanda si desde el final del tiempo autorizado al último comprobante válido pagado no ha pasado un día de los que está regulada la obligación de pago.
Los usuarios de la aplicación ONaparcar residents que hayan sido denunciados, van a poder enervar los efectos de la demanda por medio de la propia aplicación.
Zona azul barcelona, multas y grúa
Cuando la grúa municipal retira un vehículo de la vía pública por una infracción de estacionamiento, hay que recoger el vehículo del depósito municipal. Al hacerlo, deberá pagarse el importe de la grúa. Además de esto, asimismo va a deber hacerse efectivo el pago del costo de la estancia del vehículo en el depósito (coste de tasa de grúa y tarifas de estancia). La multa se puede abonar en el depósito o bien en una entidad en metálico o con tarjeta bancaria. Si el interesado ignora exactamente en qué depósito se ha ingresado su vehículo puede llamar al teléfono novecientos dos trescientos sesenta y cuatro ciento dieciseis.
Plazos de pago multas Barcelona
Para las demandas por infracciones leves, graves o bien muy graves sin pérdida de puntos entregadas en mano o bien notificadas en el domicilio (salvo las multas por no identificar al conductor y las de inhibidores de radar), el importe cambiará conforme el instante en que se realice el pago:
En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día después de la data de recepción de la notificación, el importe de la demanda se reducirá en un cincuenta por ciento . El infractor renuncia a elaborar alegaciones y a identificar al conductor, en su caso.
Pasados los veinte días naturales, se dispondrá de veinticinco días naturales más para realizar el pago sin reducción. Si no se paga ni se presentan alegaciones, se comenzará el procedimiento ejecutivo con los recargos pertinentes, que se especifican más adelante.
Descuentos multas Barcelona
Si las multas se pagan en el plazo de veinte días naturales (días seguidos incluyendo sábados, domingos y festivos) contados desde el día después de la notificación, gozarán de un cincuenta por ciento de descuento, salvo las de no identificar al conductor y las multas por llevar inhibidor de radar, que no van a tener este beneficio.
Procedimiento sancionador multas Barcelona
Cuando se comete una infracción el proceso se comienza con la notificación de la demanda.
El Municipio dispone de tres meses desde la data de la infracción para avisar la demanda, en casos de infracciones leves, y de seis meses, en casos de infracciones graves y muy graves.
El comienzo del expediente sancionador va a tener lugar:
Con la notificación en mano de la demanda por la parte del agente, en el instante de la infracción, en tanto que se considerará notificada y también empezado el expediente sancionador.
En el caso de imposibilidad de entregarla en el instante de infracción, se procurará avisar en el domicilio del dueño del vehículo. Si no es posible, se publicará en el TEU (Tablón Edictal Único), con lo que se considerará notificada y se empezará el expediente sancionador.
Hay 2 géneros de procedimiento sancionador: procedimiento abreviado y procedimiento ordinario.
Cuando se recibe la notificación, hay veinte días naturales para abonar las multas con un descuento del cincuenta por ciento o bien para presentar alegaciones. Si se presentan alegaciones y son rechazadas, ya no se va a poder abonar con descuento.
Procedimiento abreviado. Si la notificación se paga en este plazo, termina la vía administrativa y no se pueden presentar alegaciones; en el caso de que se elaboren, se considerarán no presentadas. Solo puede presentarse un recurso contencioso- administrativo de manera directa, frente al juzgado.
Procedimiento ordinario. Si en este plazo no se paga y se presentan alegaciones, se va a recibir la resolución y concluirá la vía administrativa. Si la contestación es desestimatoria, contra esta resolución va a poder presentarse un recurso potestativo de reposición o bien de manera directa un recurso frente a los juzgados de lo Contencioso- Administrativo.
Pasados veinte días desde la notificación de la demanda, o si se ha recibido la desestimación de las alegaciones, desde este instante se dispone de treinta días para presentar un recurso potestativo de reposición, con las próximas consecuencias:
No paraliza el procedimiento, salvo si se presenta un aval.
Debe basarse en hechos o bien pruebas diferentes a las alegaciones.
Si no se soluciona en el plazo de un mes, se comprenderá desechado por silencio administrativo y, desde esta data y a lo largo de seis meses, puede presentarse un recurso contencioso-administrativo.
Las demandas por no identificar al conductor, las relativas a llevar instalado inhibidor de radar y las graves y muy graves con pérdida de puntos notificadas en el domicilio siempre y en toda circunstancia proseguirán el procedimiento ordinario.
Consideraciones adicionales
Se considera parada la inmovilización breve del vehículo para recoger o bien dejar personas o bien cargar y descargar objetos. El conductor debe continuar en el vehículo o bien junto a él para poder retirarlo cuando le resulte requerido. Uno de los casos en que se prohíbe la parada breve es en el estacionamiento en doble fila.
Se considera estacionamiento la inmovilización prolongada del vehículo en los lugares, días y horarios autorizados. El vehículo va a deber inmovilizarse de forma que no pueda desplazarse de manera espontánea ni ser movido por terceros.
Las compañías y autónomos con flotas de automóviles que tengan firmado el pertinente pacto de adhesión al trámite de multas en internet con el Institut Municipal d’Hisenda pueden abonar con tarjeta bancaria, descargándose la carta de pago, o identificar al conductor mediante la aplicación, sin precisar comunicar por escrito el infractor responsable. Hay que tener muy presente que las personas jurídicas van a poder abonar las demandas de estacionamiento, mas, tal y como establece la legislación, van a deber identificar al conductor responsable para el resto. Para adherirse a este sistema de tramitación en internet, pueden informarse en el web ajuntament.barcelona.cat/hisenda, apartado «Tramitación multas on line con pacto» y preguntar las condiciones de adhesión o contactar con el Departamento de Automóviles a través de el e mail IMHIdentificacioInternet@bcn.cat.
Puedes consultar los datos completos en este link sobre la zona azul de Barcelona
Multas en áreas de aparcamiento con regulación
Es bueno que sepas que dependiendo de la ciudad, estos parámetros son susceptibles de variar sensiblemente. El trabajo de gestión de las zonas de ORA, OTA, zona azul, zona verde y zona naranja es un asunto exclusivamente local. Por supuesto hay una norma general que da cobertura a todo el estado. La decisión última de su aplicación es exclusiva de los gobiernos locales de cada municipio.
Por es es importante, sobre todo en movimientos de residencia o si tienes que trasladarte de manera puntual o eventualmente a una nueva ciudad, que los conozcas con detalle. Hay sustanciales variaciones en la la ordenanza que gestiona a los residentes, y como no, también en lo que se refiere a multas de la zona de estacionamiento regulado o zona azul. Como no podía ser de ninguna otra manera, debido no tan sólo a una cuestión política, sino también a la propia configuración de la localidad.